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Artículo 5 de la Ley 12.576

Fija normas para el pago de patentes mineras aclara el articulo 115° del código de mineria.

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27175 / 7174709.

Texto oficial

Artículo 5° No será necesaria la publicación establecida en el artículo 1° respecto de aquellas pertenencias mineras afectadas por cambios de límites, que, a la fecha de promulgación de esta ley, ya se encuentran enroladas en la Tesorería de la nueva comuna de que han pasado a formar parte.