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Ley 12.820

Autoriza a la municipalidad de los angeles para contratar uno o mas emprestitos que produzcan hasta la cantidad de $ 135.000.000 con el fin de destinarlos a diversas obras de adelanto local para su servicio establece una contribucion adicional de un dos por mil anual sobre el avaluo imponible de los bienes raices de la comuna modifica las letras b) y d) del articulo 2° de la ley 10.049, de 3 de diciembre de 1951, que dispuso fondos para la construccion de un horno crematorio de basuras, un gimnasio y una casa de limpieza.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27212

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Artículos

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