Texto oficial
Artículo 3.o Los bienes de la Empresa, en general y, principalmente sus barcos, dependencias y anexos integran el patrimonio de la misma; su transferencia en dominio, así como la adquisición de los demás bienes que ingresen a dicho patrimonio para los fines de explotación de la Empresa, estarán exentos de todo impuesto, tasa, derecho o contribución fiscal o municipal.