Texto oficial
Artículo 69. Declárase exenta de toda clase de
impuestos a la Fundación Salomón Sack Mott, autorizada por
decreto supremo N° 1,192, de 6 de Marzo de 1948, cuya
finalidad es propender al perfeccionamiento técnico y
progreso educacional del país.
Declárase exentos de todo impuesto a los bienes raíces
de que sean dueñas la Protectora de la Infancia y la
Fundación de Beneficencia y Educacional Hogar Catequístico
y las rentas que ellas perciban con excepción de los
impuestos municipales y de los que corresponden al pago de
los servicios como pavimentación y otros similares.
Intercálase en el artículo 50° letra e) del decreto
N° 2,106, de 10 de Mayo de 1954, que fijó el texto de la
ley N° 8,419, sobre Impuesto a la Renta, entre las palabras
"Estado" y "a la Fundación de Beneficencia Hogar de
Cristo", reemplazando la conjunción "y" por una coma (,),
la siguiente frase: "a la Protectora de la Infancia y a la
Fundación de Beneficencia y Educacional Hogar
Catequístico".
Se hacen extensivas las disposiciones de los incisos
anteriores a los hospitales particulares para niños de
atención gratuita.