Texto oficial
Artículo 92. Los funcionarios de la Dirección General
de Impuestos Internos que actualmente forman la Oficina de
Racionalización del mencionado Servicio, serán contratados
con los fondos que se consultan en la Ley de Presupuestos
del año 1958, sin que por ello pierdan la propiedad de los
cargos de planta que ocupan dentro del respectivo
escalafón. Sin embargo las rentas que percibirá el
referido personal serán sólo aquellas asignadas a los
cargos a contrata.
En la misma forma los funcionarios que se contraten en
virtud de los artículos 24 y 39 de la ley 12,084,
conservarán la propiedad de sus cargos durante el año
1958.