Autoriza a la municipalidad de ñuñoa para transferir gratuitamente al fisco el terreno que indica y cuyos deslindes señala y destina al uso fiscal la plazuela de los guindos de la comuna de ñuñoa, a fin de proceder a la instalación de una prefectura y cuartel motorizado para la 13a. comisaría de carabineros; deroga los artículos 1.° y 3.° de la ley 11.202, de 9 de septiembre de 1953, que autorizó a la misma municipalidad para transferir al fisco una propiedad municipal y al presidente de la república para expropiar el inmueble señalado
Texto oficial
Artículo 4.° Derógase el artículo 1.° de la ley 11.202, que autorizaba a la Municipalidad de Ñuñoa para transferir gratuitamente al Fisco una propiedad municipal, y derógase igualmente el artículo 3.° de dicha misma ley, que declaraba de utilidad pública y autorizaba al Presidente de la República para expropiar el inmueble particular individualizado en ese precepto, sin cargo para el Fisco.