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Artículo 1 de la Ley 12.905

Autoriza a la municipalidad de villa alemana para invertir el remanente que indica, en el pago de las deudas por suministro de energía eléctrica para el alumbrado público de la comuna; establece, con el mismo objeto, una contribucion adicional de un medio por mil anual sobre el avalúo de los bienes raíces de la comuna.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27276 · idParte: 8280415

Texto oficial

"Artículo 1° Se autoriza a la Municipalidad de Villa Alemana para que invierta en el pago de las deudas que tiene por suministro de energía electrica para el alumbrado de esa comuna, el saldo de la cuenta corriente a su favor en la Caja de Amortización de la Deuda Pública, quedado como remanente de la contribución del dos por mil sobre el avalúo de los bienes raíces de la comuna de Villa Alemana, establecida por el artículo 5° de la ley 10.028, de 7 de enero de 1952.