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Artículo 4 de la Ley 12.905

Autoriza a la municipalidad de villa alemana para invertir el remanente que indica, en el pago de las deudas por suministro de energía eléctrica para el alumbrado público de la comuna; establece, con el mismo objeto, una contribucion adicional de un medio por mil anual sobre el avalúo de los bienes raíces de la comuna.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27276 · idParte: 8280418

Texto oficial

Artículo 4° Establécese una contribución adicional de un medio por mil anual sobre el avalúo de los bienes raíces de la comuna de Villa Alemana, que será destinada por la Municipalidad exclusivamente al pago de las cuentas de alumbrado público de dicha comuna".