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Artículo 3 de la Ley 12.905

Autoriza a la municipalidad de villa alemana para invertir el remanente que indica, en el pago de las deudas por suministro de energía eléctrica para el alumbrado público de la comuna; establece, con el mismo objeto, una contribucion adicional de un medio por mil anual sobre el avalúo de los bienes raíces de la comuna.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27276 / 8280417.

Texto oficial

Artículo 3° Si la Municipalidad se viese obligada a pagar el consumo de electricidad con otros fondos del presupuesto ordinario, podrá reembolsarse de esas cantidades con los fondos que autoriza esta ley.