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Artículo 1 de la Ley 12.925

Autoriza a la municipalidad de quinta de tilcoco para dividir en lotes y urbanizar los terrenos que indica con objeto de destinarlos a los fines que expresan.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27290 · idParte: 8280431

Texto oficial

"Artículo 1.o Autorízase a la Municipalidad de Quinta de Tilcoco para dividir en lotes y urbanizar de acuerdo con las disposiciones legales vigentes el terreno de su propiedad, ubicando en el pueblo del mismo nombre, inscrito en el Registro de Propiedad del Departamento de Rengo a fojas 514 vuelta, N.o 380, del año 1955, adquirido por expropiación de don Joaquín Ahumada Gálvez, según escritura extendida en Santiago ante el notario don Pedro Cuevas, y cuyo rol de contribuciones es 312-1.