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Artículo 4 de la Ley 12.930

Autoriza la emision de estampillas postales y areas hasta por la cantidad que indica, destinada a conmemorar la expedicion realizada, en 1557, por juan ladrillero y el cincuentenario del fallecimiento de don diego barros arana, de la cual la sociedad chielan de historia y geografia invertira la cantidad que señala en los fines que menciona.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27294 / 8280492.

Texto oficial

Artículo 4° La referida Sociedad invertirá la cantidad mencionada en los siguientes fines: a) Hasta $ 15.000.000, en la adquisición de un bien raíz par su sede social y alhajamiento de ésta. La propiedad raíz no podrá ser gravada ni enajenada sin autorización del Presidente de la República; b) En la redacción y publicación de un Diccionario Biográfico de Chile y de una Geografía descriptiva de Chile, y c) En la publicación de la Revista Chilena de Historia y Geografía."