Saltar al contenido

Artículo 3 de la Ley 12.930

Autoriza la emision de estampillas postales y areas hasta por la cantidad que indica, destinada a conmemorar la expedicion realizada, en 1557, por juan ladrillero y el cincuentenario del fallecimiento de don diego barros arana, de la cual la sociedad chielan de historia y geografia invertira la cantidad que señala en los fines que menciona.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27294 · idParte: 8280491

Texto oficial

Artículo 3° Los primeros cincuenta millones de pesos que produzca esta emisión serán entregados por el Tesorero General de la República a la Sociedad Chilena de Historia y Geografía, para cuyo efecto abrirá una cuenta especial, y el saldo será de beneficio fiscal.