Texto oficial
Artículo 39. Créase el 2.o Juzgado de Letras de Mayor
Cuantía en el departamento de Arica con los
siguientes cargos:
4a. Cat Juez __ __ __ _ (1)
7a. Cat. Secretario __ _ (1)
Grado 7° Oficial 1° __ _ (1)
Grado 9° Oficiales 2°_ _ (2)
Grado 10° Oficial 3° __ _ (1) Grado 12° Oficial de
Sala (1) En el actual Juzgado de Letras de Arica, que en lo
sucesivo se denomirá 1er. Juzgado de Letras de Mayor
Cuantía del departamento de Arica, se crea un cargo de
oficial 2.o grado 9°.
Autorízase al Presidente de la República para invertir
hasta la suma de cinco millones de pesos en gastos de
instalación del Tribunal que se crea, tales como arriendos,
compra de muebles y útiles, refacción del local y otros
complementarios.
El mayor gasto que demande la aplicaión de este
artículo se financiará con las economías que se produzcan
en el ítem 08|02|01, sueldos fijos, del Presupuesto
vigente.
Dentro de los treinta días de la fecha de instalación
del Tribunal que se crea por la presente ley, todas las
causas que en el rol respectivo tengan numeración impar y
de que esté conociendo el 1er. Juzgado de Letras de Mayor
Cuantía de Arica, pasarán al conocimiento del 2.o juzgado
del departamento.