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Ley 13.045

Reemplaza el articulo 3° de la ley 12.590, de 22 de octubre de 1957, que establecio un impuesto de $ 1 por kilogramo de sal que se produzca en el pais, con el fin de invertirlo en diversas obras publicas en las respectivas comunas productoras.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27347

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