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Artículo 7 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija planta de personal de la superintendencia de seguridad social

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 273620 / 7374588.

Texto oficial

Artículo 7°.- La planta de personal fijada en el artículo 1° del presente decreto con fuerza de ley, incluye los cargos provistos cuyos titulares sean efectivamente traspasados a la Superintendencia de Pensiones, los que, por tanto, se suprimirán de pleno derecho en la planta del artículo 1°, cuando ello ocurra, entendiéndose creados, en igual forma y oportunidad, en la planta de personal de dicha Superintendencia.