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Artículo 9 del Decreto Con Fuerza de Ley 3

Fija planta de personal y fecha de iniciación de;actividades de la superintendencia de pensiones

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 273621 · idParte: 7374600

Texto oficial

Artículo 9°.- Transfiérense, desde la Superintendencia de Seguridad Social a la Superintendencia de Pensiones, los recursos presupuestarios liberados por el traspaso de personal referido en el artículo 6° del presente decreto con fuerza de ley, a contar de la fecha en que este traspaso empiece a regir conforme a lo dispuesto en el artículo 7° precedente.