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Artículo 10 de la Ley 13.101

Autoriza a la municipalidad de hualañe para contratar uno o mas emprestitos que produzcan hasta la cantidad de $ 9.000.000 con el fin de destinarlos a la construccion del edificio municipal y a la plaza publica, para su servicio establece una contribucion adicional de un tres por mil anual sobre el avaluo de los bienes raices de la comuna, autoriza al presidente de la república para transferir a la corporacion los terrenos que indica y cuyos deslindes señala.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27370 / 8280642.

Texto oficial

Artículo 10° Autorízase al Presidente de la República para transferir gratuitamente a la Municipalidad de Hualañé dos retazos de terreno de propiedad fiscal ubicados en esa comuna y que se individualizan a continuación: Lote "A".- Retazo de cinco mil metros cuadrados de una cabida total de catorce mil metros cuadrados inscrita a fjs. 91, vlta., N° 144, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Mataquito correspondiente a 1912, y cuyos deslindes generales son los siguientes: al Norte: camino Licantén; al Sur, río Mataquito; al Este, propiedad de don Rodolfo Garcés, y al Oeste, diversos pequeños propietarios. La Municipalidad de Hualañé destinará este predio a la instalación de un matadero municipal. Lote "B".- Terreno de 1.600 metros cuadrados inscrito a fs. 15, vlta., N° 15, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Mataquito del año 1912, y cuyos deslindes son los siguientes: al Norte, en 40 metros, con Avenida Libertad; al Sur, en 40 metros, con propiedad de don Zoilo Moya Poblete; al Este, en 40 metros, con calle Bernardo O'Higgins, y al Oeste, en 40 metros, con calle José Manuel Balmaceda. La Municipalidad de Hualañé destinará este predio a la instalación de una sala de cinematógrafo y Biblioteca Pública".