Ley 13.195
Faculta a las municipalidades de la república para otorgar a sus empleados y obreros en servicio y jubilados, y a los beneficiarios de montepio, la asignacion de estimulo que señala; concede el mismo beneficio a los obreros de la direccion de pavimentacion de santiago y al personal de empleados y obreros en servicio y jubilados de la caja de prevision social de los empleados municipales de santiago y de la caja de prevision social de los obreros municipales de santiago; condona las sumas pagadas a los empleados municipales por concepto de gratificaciones indebidas, durante el periodo que señala.
- Estado
- Vigente
- Fecha de versión según BCN
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idNorma: 27379
Artículos
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