Texto oficial
Artículo 8.o Agrégase al final del artículo 20.o de la ley de Presupuesto vigente, lo siguiente: "excepción de la Dirección General del Registro Civil, como Oficiales Civiles Adjuntos."
Traspasa las cantidades que señala entre los item, letras y numeros del presupuesto para 1958, en moneda corriente, aprobado por la ley numero 12,844
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27387 / 5972689.