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Artículo 2 de la Ley 13.302 · Modifica el código orgánico de tribunales

Modifica el código orgánico de tribunales

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27397 · idParte: 7175193

Texto oficial

Artículo 2.o Introdúcense en el Código de Procedimiento Civil las siguientes modificaciones: a) En el inciso tercero del artículo 31, se sustituye la expresión "veinte a doscientos pesos", por la expresión "doscientos a dos mil pesos"; b) En el inciso primero del artículo 88, se reemplaza la expresión "trescientos pesos a tres mil pesos", por las palabras "mil a diez mil pesos"; c) En el inciso primero del artículo 698, se reemplazan las expresiones "cinco mil" y "cincuenta mil", por las palabras "treinta mil" y "trescientos mil", respectivamente"; d) En el artículo 703, se reemplaza la expresión "cinco mil" por "treinta mil"; e) En el artículo 749, se reemplazan las palabras "cincuenta mil", por la expresión: "trescientos mil".