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Artículo 33 de la Ley 13.305

Reajusta las remuneraciones de todos los empleados que prestan servicios en chile, suplementa el presupuesto de la nacion, establece nueva unidad monetaria, concede facultades extraordinarias al presidente de la república y modifica las leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27399 / 8175424.

Texto oficial

Artículo 33.o Agrégase como inciso segundo del artículo 63.o de la ley número 11,469, de 11 de Diciembre de 1953, que aprobó el texto definitivo del Estatuto de los Empleados Municipales de la República, el siguiente: "Esta asignación de zona se calculará y pagará en todo caso sobre el sueldo base, más los quinquenios y reajustes anuales indicados en el artículo 33.o de esta ley.