Texto oficial
Artículo 78.o Autorízase al Presidente de la
República para entregar a la Línea Aérea Nacional y a la
Empesa de Transportes Colectivos del Estado las sumas de $
1.300.000.000.- y $ 2.400.000.000.- respectivamente.
Reajusta las remuneraciones de todos los empleados que prestan servicios en chile, suplementa el presupuesto de la nacion, establece nueva unidad monetaria, concede facultades extraordinarias al presidente de la república y modifica las leyes que señala
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