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Artículo 122 de la Ley 13.305

Reajusta las remuneraciones de todos los empleados que prestan servicios en chile, suplementa el presupuesto de la nacion, establece nueva unidad monetaria, concede facultades extraordinarias al presidente de la república y modifica las leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27399 / 8175522.

Texto oficial

Artículo 122.o Facúltase a las Municipalidades para modificar sus presupuestos con el objeto de considerar en ellos los mayores gastos y recursos establecidos en la presente ley.