Texto oficial
Artículo 121.o Auméntase a cinco pesos ($ 5) el
derecho de mataderos contemplado en el artículo 102 de la
Ley de Rentas Municipales N.o 11,704, modificado por la ley
N.o 12,861.
Reajusta las remuneraciones de todos los empleados que prestan servicios en chile, suplementa el presupuesto de la nacion, establece nueva unidad monetaria, concede facultades extraordinarias al presidente de la república y modifica las leyes que señala
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27399 / 8175521.