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Artículo 142 de la Ley 13.305

Reajusta las remuneraciones de todos los empleados que prestan servicios en chile, suplementa el presupuesto de la nacion, establece nueva unidad monetaria, concede facultades extraordinarias al presidente de la república y modifica las leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27399 / 8175543.

Texto oficial

Artículo 142.o Autorízase a las Municipalidades para aumentar, por una sola vez, durante el curso del presente año y previo informe favorable del Ministerio del Interior, hasta en un 50% las patentes de alcoholes sometidas a la limitación establecida en el artículo 138 de ley número 11,256.