Reajusta las remuneraciones de todos los empleados que prestan servicios en chile, suplementa el presupuesto de la nacion, establece nueva unidad monetaria, concede facultades extraordinarias al presidente de la república y modifica las leyes que señala
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27399 / 8175544.
Texto oficial
Artículo 143.o Modifícase el artículo 34 del D.F.L.
285 de 1953 en el sentido de que a contar de la fecha de
promulgación de la presente ley, quede vigente en todas sus
partes la tasa de contribución territorial en favor de las
Municipalidades para las viviendas construídas por la
Corporación de la Vivienda y que ella construya en el
futuro.
Esta contribución territorial empezará a regir para
estas viviendas desde la fecha de escritura de transferencia
de parte de la CORVI al adquirente.