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Artículo 152 de la Ley 13.305

Reajusta las remuneraciones de todos los empleados que prestan servicios en chile, suplementa el presupuesto de la nacion, establece nueva unidad monetaria, concede facultades extraordinarias al presidente de la república y modifica las leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27399 / 8175554.

Texto oficial

Artículo 152.o En los procesos criminales generales por infracción a disposiciones legales tributarias, cualquiera que sea su naturaleza, la circunstancia de que el infractor de escasos recursos pecuniarios, por su insuficiente ilustración o por alguna otra causa justificada haga presumir que ha tenido un conocimiento imperfecto del alcance de las normas infringidas, podrá, a juicio del Tribunal, ser constitutiva de la causal de exención de responsabilidad penal contemplada en el N.o 12 del artículo 10 del Código Penal o, en su defecto, de la causal atenuante a que se refiere el N.o 1 del artículo 11 de ese cuerpo de leyes. El Tribunal apreciará en conciencia los hechos constitutivos de la causal eximente o atenuante.