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Artículo 227 de la Ley 13.305

Reajusta las remuneraciones de todos los empleados que prestan servicios en chile, suplementa el presupuesto de la nacion, establece nueva unidad monetaria, concede facultades extraordinarias al presidente de la república y modifica las leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27399 / 8175635.

Texto oficial

Artículo 227.o Los reajustes de remuneraciones de cargo fiscal que otorga la presente ley y que se adeuden a la fecha de su promulgación, se pagarán por Tesorería en tres cuotas mensuales iguales a partir del primer pago que corresponda después de publicada esta ley.