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Artículo 241 de la Ley 13.305

Reajusta las remuneraciones de todos los empleados que prestan servicios en chile, suplementa el presupuesto de la nacion, establece nueva unidad monetaria, concede facultades extraordinarias al presidente de la república y modifica las leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27399 / 8175649.

Texto oficial

Artículo 241° Modifícase el decreto con fuerza de ley N.o 2,252, de 27 de Enero de 1957, que contiene el Estatuto de la Caja de Previsión y Estímulo de los Empleados del Banco del Estado de Chile, en los siguientes términos: a) En la letra b) del artículo 44, se suprime el punto final y agrégase la siguiente frase: "o que han cesado en sus funciones en virtud de la expiración del plazo por el cual fueron nombrados", y b) La modificación anterior se entenderá incorporada en el citado decreto con fuerza de ley a contar desde el 1.o de Abril de 1957, fecha desde el cual empezó a regir.