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Artículo 242 de la Ley 13.305

Reajusta las remuneraciones de todos los empleados que prestan servicios en chile, suplementa el presupuesto de la nacion, establece nueva unidad monetaria, concede facultades extraordinarias al presidente de la república y modifica las leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27399 / 8175650.

Texto oficial

Artículo 242.o Las pensiones de jubilación del personal de la Caja de Previsión Social de los Empleados Municipales de Valparaíso, a partir del 1.o de Enero del año en curso, serán reajustadas de acuerdo con los mismos porcentajes de aumento que rija para los ex funcionarios municipales jubilados. El mayor gasto que demande el reajuste será de cargo de la Caja.