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Artículo 248 de la Ley 13.305

Reajusta las remuneraciones de todos los empleados que prestan servicios en chile, suplementa el presupuesto de la nacion, establece nueva unidad monetaria, concede facultades extraordinarias al presidente de la república y modifica las leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27399 · idParte: 8175656

Texto oficial

Artículo 248.o Los servicios funerarios cuyo valor no exceda de tres sueldos vitales mensuales del departamento de Santiago, estarán exentos del impuesto de cifra de negocios establecido en el decreto número 2,772, de 18 de Agosto de 1943, y modificaciones posteriores.