Texto oficial
Artículo 254.o Destínase la suma de $ 5.000.000 a la
Sociedad Chilena de Obstetricia y Ginecología, para su VIII
Congreso de Obstetricia y Ginecología.
Reajusta las remuneraciones de todos los empleados que prestan servicios en chile, suplementa el presupuesto de la nacion, establece nueva unidad monetaria, concede facultades extraordinarias al presidente de la república y modifica las leyes que señala
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27399 / 8175662.