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Artículo 4 de la Ley 13.309

Autoriza al servicio nacional de salud para transferir a la municipalidad de concepcion, el predio de su propiedad que indica y cuyos deslindes señala, ubicado en esa ciudad, debiendo destinar el producto de esta venta a la construccion de un pabellon de psiquiatria anexo al hospital clinico regional de concepcion.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27401 / 5972753.

Texto oficial

Artículo 4° La Municipalidad de Concepción para atender al pago de la transferencia indicada en el artículo 1°, podrá disponer de inmediato del excedente que resulte del ejercicio presupuestario del año 1958 y, en caso de no ser éste suficiente, podrá destinar los fondos consultados para expropiaciones en el Presupuesto vigente y los señalados en el artículo 3°, letra e), de la ley 12.657. Autorízase, asimismo, a la Municipalidad de Concepción para modificar el Presupuesto fijado para el presente año."