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Artículo 1 de la Ley 13.328

Autoriza la ereccion de un monumento destinado a honrar la memoria de los generales bernardo o'higgins y jose de san martin, en la comuna de maipu; crea una comision ejecutiva con las atribuciones y composicion que indica, para dar cumplimiento a las finalidades de la presente ley.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27419 / 8280687.

Texto oficial

"Artículo 1° Se autoriza la erección de un monumento que se denominará "Abrazo de Maipú", destinado a honrar la memoria de los Generales Bernardo O'Higgins y José de San Martín, y que será costeado por suscripción popular, sin perjuicio de las erogaciones acordadas o que acuerden las Municipalidades y de las cantidades que puedan consultarse en el Presupuesto de la Nación. Dicho monumento deberá ubicarse en la comuna de Maipú, dentro de la plaza que comprende el Tempo Votivo Nacional.