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Artículo 2 de la Ley 13.328

Autoriza la ereccion de un monumento destinado a honrar la memoria de los generales bernardo o'higgins y jose de san martin, en la comuna de maipu; crea una comision ejecutiva con las atribuciones y composicion que indica, para dar cumplimiento a las finalidades de la presente ley.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27419 / 8280688.

Texto oficial

Artículo 2° Créase con el carácter de ad-honores una Comisión Ejecutiva encargada de llevar a cabo las finalidades de esta ley, que estará integrada por las mismas personas que actualmente constituyen la Comisión Ejecutiva de la campaña pro-monumento "Abrazo de Maipú", y que presidirá al Ministro de Defensa Nacional. Corresponderá especialmente a esta Comisión velar por la ejecución de la obra de acuerdo con el proyecto aprobado en concurso público, y para este fin dispondrá de los recursos que señala la ley y de las donaciones que para tal efecto se le concedan, las cuales estarán liberadas del trámite de la insinuación, cualquiera que sea su monto. Las operaciones e inversiones de fondos a que dé lugar el cumplimiento de esta ley estarán exentas del pago de todo impuesto o contribución, cualquiera que sea su origen o naturaleza."