Texto oficial
"Artículo 1° Elévese hasta $ 40.000.000 la suma del o los empréstitos que pueda contratar la Municipalidad de Longaví, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1° de la ley 12.191, de 3 de noviembre de 1956.
Modifica, en la forma que señala, la ley 12.191, de 3 de noviembre de 1956, que autorizo a la municipalidad de longavi para contratar emprestitos con el fin de destinarlos a la instalacion del servicio publico de energia electrica en la comuna.
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