Texto oficial
"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de Conchalí para contratar directamente con el Banco del Estado de Chile y otras instituciones bancarias o de crédito, uno o más préstamos que produzcan hasta la suma de $ 80.000.000 a un interés no superior al 12% anual y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de cinco años.