Texto oficial
"Artículo 1° Prorrógase la vigencia del impuesto adicional sobre el avalúo de los bienes raíces de la comuna de Coihueco, de tres por mil anual, establecido en el artículo 4° de la ley 11.993, de 23 de diciembre de 1955, modificada por la ley 13.282, de 22 de diciembre de 1958, por cinco años contados desde la publicacíon de esta ley en el "Diario Oficial".