Texto oficial
Artículo 5° Concédese una prórroga a los comerciantes de las localidades de San Gabriel, El Volcán, Las Melosas y Los Queltehues, hasta fines del año 1959, para el pago de los impuestos a la renta que adeudaren al Fisco, con posterioridad al sismo, condonándose intereses y multas.
El Banco del Estado podrá conceder préstamos, amortizables a cinco años plazo y con un interés no superior al 12% anual y sin sujeción a su ley orgánica, a todos los comerciantes de las localidades indicadas en el inciso precedente y que hayan sufrido pérdidas, las que se demostrarán por medio de sus libros de contabilidad o en otra forma fehaciente. Estos préstamos serán con garantías y no podrán exceder de cinco millones de pesos".