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Artículo 1 de la Ley 13.441

Autoriza a las municipalidades de alhue y el monte para transferir gratuitamente al fisco, los terrenos de su propiedad que indica y cuyos deslindes señala, ubicados en las localidades de alhue y el paico, respectivamente, los cuales se destinaran a la construccion de cuarteles de carabineros

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27474 · idParte: 8280893

Texto oficial

"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de Alhué para transferir gratuitamente al Fisco el terreno que ocupa el Cuartel de Carabineros de esa localidad, cuyos deslindes y dimensiones son los siguientes: Norte, en 41 metros, con don Gregorio Barrales Adasme; Sur, en 41 metros, con calle 12 de Febrero; Oriente, en 18 metros, con don Miguel Contreras Gárate y Poniente, en 18 metros, con Municipalidad de Alhué. El terreno fue vendido a la indicada Municipalidad por don Francisco Rafael Ruiz, según escritura pública del año 1910, suscrita ante el notario de Rancagua don Víctor M. Silva, inscrita a fs. 16vta., número 42, del Registro de Propiedad correspondiente al año 1913 del Conservador de Bienes Raíces de Melipilla. La Municipalidad de Alhué se reservará la totalidad del material que quede de la demolición del local que ocupa en la actualidad el Cuartel de Carabineros.