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Artículo 2 de la Ley 13.441

Autoriza a las municipalidades de alhue y el monte para transferir gratuitamente al fisco, los terrenos de su propiedad que indica y cuyos deslindes señala, ubicados en las localidades de alhue y el paico, respectivamente, los cuales se destinaran a la construccion de cuarteles de carabineros

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27474 · idParte: 8280894

Texto oficial

Artículo 2° Autorízase, igualmente, a la Municipalidad de El Monte para transferir gratuitamente al Fisco el terreno ubicado en el pueblo de El Paico, Avenida Los Libertadores esquina de Diego de Almagro, que figura en el Rol de Avalúos con el número 268/18 y que constituye el lote N° 4 del plano de hijuelación de la hijuela Primera o La Finca del Fundo Santa Elena de Chiñigüe con los siguientes deslindes: Norte, desde el punto D al punto P. del plano, con camino público de Santiago a Melipilla; con el punto P del plano, con el vértice formado por el deslinde Poniente del camino vecinal de El Paico y por la línea DP del plano, que sirve de deslinde a los lotes, del punto E al punto P con varios propietarios del caserío El Paico, callejón San Diego, y al Poniente, desde al punto D al punto P del plano con el lote N° 3 del plano de loteo de dicha hijuela.