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Artículo 3 de la Ley 13.441

Autoriza a las municipalidades de alhue y el monte para transferir gratuitamente al fisco, los terrenos de su propiedad que indica y cuyos deslindes señala, ubicados en las localidades de alhue y el paico, respectivamente, los cuales se destinaran a la construccion de cuarteles de carabineros

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27474 · idParte: 8280895

Texto oficial

Artículo 3° El Presidente de la República destinará los predios que se transfieren al Fisco en los dos artículos anteriores, a la construcción de cuarteles de Carabineros. Si las obras no se iniciaren dentro de cinco años de vigencia de esta ley, el terreno respectivo volverá de pleno derecho al dominio municipal".