Autoriza a las municipalidades de alhue y el monte para transferir gratuitamente al fisco, los terrenos de su propiedad que indica y cuyos deslindes señala, ubicados en las localidades de alhue y el paico, respectivamente, los cuales se destinaran a la construccion de cuarteles de carabineros
Artículo 3° El Presidente de la República destinará los predios que se transfieren al Fisco en los dos artículos anteriores, a la construcción de cuarteles de Carabineros. Si las obras no se iniciaren dentro de cinco años de vigencia de esta ley, el terreno respectivo volverá de pleno derecho al dominio municipal".