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Artículo 4 de la Ley 13.491 · Modifica las leyes n.os 11,469, 11,860 y 13,305

Modifica las leyes n.os 11,469, 11,860 y 13,305

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27480 / 8830548.

Texto oficial

Artículo 4.o Reemplázase en el inciso primero del artículo 32.o de la misma ley, la frase "anterior a aquel en que corresponda confeccionar el presupuesto del año siguiente", por la siguiente: "en que corresponda confeccionar el presupuesto, calculados en la forma indicada en el artículo 35.o".