Texto oficial
Artículo 3.o Suprímese en el último inciso del artículo 27.o, la siguiente frase final: "y tampoco regirán para ésta las limitaciones a que se refiere el inciso anterior."
Modifica las leyes n.os 11,469, 11,860 y 13,305
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27480 / 8830547.