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Artículo 1 de la Ley 13.562

Cede a la segunda compañia de bomberos, en formacion, de san miguel, el carro-bomba que señala, de propiedad del ministerio de obras publicas

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27503 · idParte: 5973191

Texto oficial

"Artículo 1° Cédese a título definitivo el carro-bomba, marca Saurer, motor número 70144, de propiedad del Ministerio de Obras Públicas, a la Segunda Compañía de Bomberos, en formación, de San Miguel.