Texto oficial
Artículo 3° Para los efectos de la recepción de este carro-bomba se hará cargo, en todos sus trámites legales, el Cuerpo de Bomberos de San Miguel."
Cede a la segunda compañia de bomberos, en formacion, de san miguel, el carro-bomba que señala, de propiedad del ministerio de obras publicas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27503 / 5973193.