Texto oficial
Artículo 2°. Fácultase al Presidente de la República
para nombrar una Comisión que establezca el lugar de su
ubicación y todo lo concerniente a la presente ley. Fíjase
el día 5 de septiembre de cada año para efectuar la
colecta nacional destinada a reunir 1977 los fondos
necesarios para ejecutar la obra que se autoriza por esta
ley.
El actual monumento a don José Miguel Carrera será
donado a la Municipalidad de Valdivia para colocarlo en la
Plaza Pedro de Valdivia de aquella ciudad".