Autoriza a la municipalidad de san miguel para contratar uno o mas prestamos que produzcan hasta la cantidad de $ 150.000.000 con el fin de destinarlos a la adquisicion de equipos para el servicio de aseo de la comuna; para su servicio establece una contribucion adicional de un uno por mil anual sobre el avaluo de los bienes raices de la comuna
Texto oficial
Artículo 2° Facúltase al Banco del Estado de Chile y demás instituciones bancarias o de crédito para tomar el o los préstamos autorizados por esta ley, para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas y reglamentos.