Autoriza a la municipalidad de san ignacio para contratar uno o mas emprestitos que produzcan hasta la suma de $ 14.000.000 con el fin de destinarlos a las obras de electrificacion de la comuna; para su servicio establece una contribucion adicional del dos por mil anual sobre el avaluo de los bienes raices de la comuna
Texto oficial
Artículo 2° Facúltase al Banco del Estado de Chile y demás instituciones de crédito o bancarias para contratar el o los préstamos a que se refiere el artículo anterior, para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas o reglamentos.