Texto oficial
Artículo 10.° Créase el Escalafón Técnico de
Redacción de la Cámara de Diputados que estará
constituído por los cargos y el personal que figuran en la
planta para ese Servicio. Los nombramientos, ascensos y
demás designaciones que proceden en el futuro afectarán al
personal de dicho escalafón exclusivamente para proveer los
cargos que él comprende.